• Introducción
  • Orientaciones Básicas para la elaboracion de solicitudes
  • Estructura de La Solicitud
  • Instrucciones para la elaboracion de la solicitud
  • Sectores Y Subsectores

  1. La colaboración externa solicitada a través de Cooperación Técnica Internacional para programas, proyectos o actividades específicas, debe representar una acción complementaria al esfuerzo interno para lograr los objetivos de desarrollo.

  2. Los programas, proyectos o actividades con Cooperación Técnica deben responder claramente a la necesidad de contar con conocimientos no disponibles en el país, o disponibles en escala insuficiente. Es importante señalar la conveniencia de establecer criterios cuidadosos en la demanda de recursos financieros y técnicos externos, a fin de asegurar que se de una real transferencia de conocimientos, y que la Cooperación Técnica Internacional sea relevante y efectiva.

  3. Los proyectos deberán ser en su magnitud y en su concepción suficientemente significativos, a fin de evitar la dispersión de la cooperación técnica en muchos proyectos de pequeña escala cuyos efectos son mas bien marginales y recargan las tareas de organización, procedimientos y control en los diferentes organismos componentes del sistema. Este planteamiento no impide la posibilidad de aplicar en casos especiales, ciertas acciones de cooperación técnica en pequeña escala, que están dirigidas a apoyar actividades específicas de elevada prioridad para el desarrollo de un país.

  4. Deberá promoverse el establecimiento de proyectos de propósitos múltiples y de relación interdisciplinaria en los que se perfilen efectos económicos y sociales significativos. En cada uno de estos proyectos se establecerán coordinaciones entre los diferentes organismos implicados, asegurándose las correspondientes responsabilidades en su programación y ejecución.

  5. Con el fin de apoyar el desarrollo de ciertas zonas o regiones prioritarias, en concordancia con el objetivo de descentralización establecido en los lineamientos de desarrollo regional, se tratará de promover proyectos de carácter multisectorial a nivel regional o zonal según corresponda.

  6. Deberá establecerse con el mayor realismo posible, la capacidad del organismo nacional de ejecución para conducir tanto los proyectos en marcha, así como los nuevos proyectos que se soliciten, a fin de optimizar su rendimiento. Esta capacidad se definirá entre otras cosas, en función del personal nacional que tiene que asignarse a cada proyecto para garantizar la efectiva transferencia de conocimientos.

  7. Deberá asegurarse el aporte presupuestal nacional para cada proyecto a fin de garantizar los recursos que demandan el cumplimiento de las actividades previstas.

  8. Reforzar la capacidad e intensificar las acciones de los organismos sectoriales responsables de la cooperación técnica en lo que respecta a evaluación de nuevos proyectos que se originan en las diferentes entidades del sector correspondiente.

    Esta consideración permitirá que se demande cooperación técnica para aquellos proyectos que guarden un debida coherencia con:

    a) Las prioridades establecidas en los planes de desarrollo; y
    b) La capacidad efectiva de ejecución de dichos proyectos.

    Al momento del diseño de las solicitudes de proyectos deberán considerarse actividades de seguimiento para la solución de eventuales problemas que se plantean durante la ejecución.

  9. Con relación a las acciones de cooperación al exterior, es importante analizar las posibilidades concretas del organismo para ofrecer cooperación técnica a otros países. Las posibilidades que pudieran aparecer deben estar respaldadas por las asignaciones presupuestales que permiten efectivizarlas.

 

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