-
La
colaboración externa solicitada a través de Cooperación Técnica Internacional para
programas, proyectos o actividades específicas, debe representar una acción
complementaria al esfuerzo interno para lograr los objetivos de desarrollo.
-
Los programas, proyectos o
actividades con Cooperación Técnica deben responder claramente a la necesidad de contar
con conocimientos no disponibles en el país, o disponibles en escala insuficiente. Es
importante señalar la conveniencia de establecer criterios cuidadosos en la demanda de
recursos financieros y técnicos externos, a fin de asegurar que se de una real
transferencia de conocimientos, y que la Cooperación Técnica Internacional sea relevante
y efectiva.
-
Los
proyectos deberán ser en su magnitud y en su concepción suficientemente significativos,
a fin de evitar la dispersión de la cooperación técnica en muchos proyectos de pequeña
escala cuyos efectos son mas bien marginales y recargan las tareas de organización,
procedimientos y control en los diferentes organismos componentes del sistema. Este
planteamiento no impide la posibilidad de aplicar en casos especiales, ciertas acciones
de cooperación técnica en pequeña escala, que están dirigidas a apoyar actividades
específicas de elevada prioridad para el desarrollo de un país.
-
Deberá promoverse el
establecimiento de proyectos de propósitos múltiples y de relación interdisciplinaria en
los que se perfilen efectos económicos y sociales significativos. En cada uno de estos
proyectos se establecerán coordinaciones entre los diferentes organismos implicados,
asegurándose las correspondientes responsabilidades en su programación y ejecución.
-
Con el fin de apoyar el
desarrollo de ciertas zonas o regiones prioritarias, en concordancia con el objetivo de
descentralización establecido en los lineamientos de desarrollo regional, se tratará de
promover proyectos de carácter multisectorial a nivel regional o zonal según
corresponda.
-
Deberá establecerse con el mayor realismo posible, la capacidad del organismo
nacional de ejecución para conducir tanto los proyectos en marcha, así como los nuevos
proyectos que se soliciten, a fin de optimizar su rendimiento. Esta capacidad se
definirá entre otras cosas, en función del personal nacional que tiene que asignarse a
cada proyecto para garantizar la efectiva transferencia de conocimientos.
-
Deberá asegurarse el aporte
presupuestal nacional para cada proyecto a fin de garantizar los recursos que demandan
el cumplimiento de las actividades previstas.
-
Reforzar la capacidad e intensificar las acciones de los
organismos sectoriales responsables de la cooperación técnica en lo que respecta a
evaluación de nuevos proyectos que se originan en las diferentes entidades del sector
correspondiente.
Esta consideración permitirá que se demande cooperación
técnica para aquellos proyectos que guarden un debida coherencia con:
a)
Las prioridades establecidas en los planes de desarrollo; y
b) La capacidad
efectiva de ejecución de dichos proyectos.
Al momento del diseño de las
solicitudes de proyectos deberán considerarse actividades de seguimiento para la
solución de eventuales problemas que se plantean durante la ejecución.
-
Con relación a las acciones
de cooperación al exterior, es importante analizar las posibilidades concretas del
organismo para ofrecer cooperación técnica a otros países. Las posibilidades que
pudieran aparecer deben estar respaldadas por las asignaciones presupuestales que
permiten efectivizarlas.