Este lunes 20 de febrero inició el censo para el Programa Nacional de Pensión Alimentaria de Adultos Mayores en varios distritos de los departamentos de Cordillera, Paraguarí y Central.
El censo se cumple a partir de la nómina conformada por los adultos mayores que solicitaron la pensión a través de su inscripción en sus respectivos distritos. La Secretaría Técnica de Planificación del Desarrollo Económico y Social (STP) coordina la aplicación de la Ficha Social a personas de 65 años y más de edad, quienes fueron inscriptas por los municipios y han sido definidas por la Dirección de Pensiones No Contributivas (DPNC), del Ministerio de Hacienda como potenciales beneficiarios.
Según el cronograma de trabajo elaborado por la STP desde el 3 de marzo, el equipo de la institución efectuará la tarea censal en los distritos de Guayaybi, Nueva Germania, Colonia Independencia, Félix Pérez Cardozo, Mauricio José Troche, Yataity del Guairá, José Fassardi, Repatriación, San Joaquín, Simón Bolívar, 3 De Febrero, Dr. J. Eulogio Estigarribia, Raúl Arsenio Oviedo, Tembiaporã, San José de los Arroyos, 3 de Mayo; mientras que desde el 09 de marzo el censo llegará a las localidades de Cambyretá, Capitán Miranda, Carlos Antonio López, Coronel Bogado, Fram, General Delgado, Hohenau, Itapúa Poty, Jesús, La Paz, Obligado, Pirapó, San Cosme y Damian, San Juan Del Paraná, San Rafael Del Paraná, Bella Vista Sur, Capitán Meza, Carmen del Paraná, Tomas Romero Pereira, Trinidad, y San Patricio.
Continúa el cronograma previsto el 17 de marzo en los distritos de Acahay, Caapucú, Gral. Bernardino Caballero, La Colmena, Quiindy, Quyquyhó, San Roque González, Tebicuarymí, Ybytymí, Domingo Martinez de Irala, Juan Leon Mallorquín, Yguazú, Iruña, Mbaracayú, Naranjal, San Cristóbal, Santa Fe del Paraná, Santa Rita, Santa Rosa Del Monday, Karapaí y Zanja Pytã. A partir del 23 de marzo en los distritos de Hernandarias, Itakyry, Los Cedrales, Minga Guazú, Presidente Franco, Ñacunday, YvyPytã y J. A. Saldívar.
El censo es totalmente gratuito y no implica costo para los adultos mayores ni familiares, responde a la Ley N° 3728/2009, del derecho a la pensión alimentaria para personas adultas mayores en situación de pobreza. Se destina exclusivamente a las personas a partir de 65 años cumplidos que no reciban otras jubilaciones o pensiones. No podrán acogerse al beneficio las personas que tienen juicios pendientes con la justicia.
El censo para la selección de los potenciales beneficiarios de la pensión alimentaria es realizado por la STP, según Decreto N° 6019/2016, a través de la aplicación de la Ficha Social.