Este 18 de septiembre se recuerdan los 4 años de la promulgación de la Ley Nº 5.282/2014 de Acceso a la Información Pública, normativa surgida de una de los compromisos asumidos por Gobierno Abierto en su segundo Plan de Acción 2014-2016.
En cumplimiento a esta Ley se ha implementado el Portal de Acceso a la Información que a la fecha cuenta con 357 instituciones adheridas y un total de 14.491 solicitudes en línea. La Secretaría Técnica de Planificación del Desarrollo Económico y Social (STP) ha recepcionado un total de 86 pedidos de información desde que se habilitó el portal en el año 2015.
Todos los ciudadanos pueden solicitar información pública y las diferentes instituciones deben responder las solicitudes siguiendo la reglamentación de la Ley. La información pública es aquella producida, obtenida, bajo control o en poder de las fuentes públicas, independientemente de su formato, soporte, fecha de creación, origen, clasificación o procesamiento, salvo que se encuentre establecida como secreta o de carácter reservado por las leyes.
Las informaciones pueden ser solicitadas al Poder Legislativo, sus Cámaras, comisiones y todos sus órganos administrativos, así como los Parlamentarios del Mercado Común del Sur (MERCOSUR); el Poder Ejecutivo, sus ministerios, secretarías y todos los demás órganos administrativos, así como la Procuraduría General de la República y la Policía Nacional; el Poder Judicial, el Consejo de la Magistratura, el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados, el Ministerio Público y la Justicia Electoral.
Así también las Fuerzas Armadas de la Nación; la Defensoría del Pueblo, la Contraloría General de la República y el Banco Central del Paraguay; las entidades financieras del Estado, las empresas públicas, las sociedades comerciales con participación estatal mayoritaria, las sociedades de economía mixta, los entes reguladores o de control y todas las demás entidades descentralizadas con personería jurídica de derecho público.
Igualmente, a las universidades nacionales; los gobiernos departamentales y municipales; las comisiones mixtas y las entidades binacionales en las que participe la República del Paraguay.
Toda solicitud deberá ser respondida dentro del plazo de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente de la presentación.