Conservar el ambiente, desde la comprensión de los recursos naturales y la biodiversidad para adoptar soluciones que garanticen la sostenibilidad como parte de las propuestas abordadas por la Secretaría Técnica de Planificación del Desarrollo Económico y Social (STP) y otras instituciones en el marco de la elaboración de una política reglamentaria para el ordenamiento territorial.
El ordenamiento del territorio debe apuntar a una armonización de las actividades humanas y de sus relaciones con el medioambiente. Concretamente, se trata de hacer más coherente y eficiente la oferta en infraestructuras, equipamientos, viviendas, espacios públicos en contextos urbanos y rurales, sin olvidar la gestión de los paisajes.
La STP tiene el mandato de elaborar los lineamientos para el desarrollo económico, social y cultural del país en coordinación con instituciones del Poder Ejecutivo y gobiernos locales, estableciendo mecanismos y procedimientos de planificación del desarrollo y políticas públicas.
Dentro de esta línea de acción, ha avanzado con diferentes actores del sector público del ámbito, para la elaboración de un anteproyecto de Ley de ordenamiento territorial que incluya aspectos relacionados al medio ambiente, que se encuentren vinculados al Plan Nacional de Desarrollo (PND) Paraguay 2030, así como el de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), iniciativa ésta que cuenta con el apoyo del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD).
Algunos de los aspectos que plantean para dicha normativa son lo que hacen referencia a los instrumentos que deben diseñarse o ajustarse para las evaluaciones de impacto ambiental, la exclusión de suelo en el proceso de urbanización, y lo que tiene que ver con la prevención de riesgos.
Por otro lado, la STP mediante un trabajo articulado ha propiciado instancias de participación para acompañar y asistir a municipios al cumplimiento de sus competencias asignadas por ley, como el desarrollo de una política de planificación, urbanismo y ordenamiento territorial dentro de sus respectivos perímetros administrativos.
Esto en marco de lo que establece la Ley 3966/2010 Orgánica Municipal, donde indica que las municipalidades deben poner en marcha un sistema de planificación y diseñar dos instrumentos de planificación: el Plan de Desarrollo Sustentable (PDS) y el Plan de Ordenamiento Urbano y Territorial (POUT).
El PDS establece los ámbitos económicos, sociales y ambientales, y el POUT propone el ordenamiento espacial de estos objetivos, en ambos casos, la STP ha contribuido con la asistencia técnica correspondiente.
La STP es la institución encargada de coordinar e impulsar el diseño, implementación, seguimiento y evaluación del proceso de desarrollo nacional.