Duplicación del tramo comprendido entre el Km. 183 y el Km 296 de la Ruta VII “José Gaspar Rodríguez de Francia”, así como la recuperación, adecuación, operación y explotación del tramo Km 183 y el Km 323 de la misma carretera.
La propuesta fue presentada a la STP, en la Unidad de Proyectos de Alianza Público Privada, por la firma TAPE PORA S.A.. La misma fue evaluada y tras el análisis técnico, económico y jurídico se definió que tenía el potencial para ser ejecutado mediante la modalidad deParticipación Público Privada.Con esta decisión inicial, se habilita al proponente privado a presentar la factibilidad de su proyecto.Luego de la evaluación de los estudios de factibilidad, siempre que este también fuera aceptado, se procederá al llamado a licitación para la construcción y operación de estas obras.
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La firma constructora TAPE PORA S.A. presentó a la Secretaría Técnica de Planificación el proyecto de “Duplicación del tramo comprendido entre el Km. 183 y el Km 296 de la Ruta VII “José Gaspar Rodríguez de Francia” así como la recuperación, adecuación, operación y explotación del tramo Km 183 y el Km 323 de la misma carretera”, para que el mismo sea impulsado en el marco de las Alianzas Público Privada (APP) como iniciativa privada.Tras la conformación del Grupo de Técnico de Evaluación Interinstitucional, conformado por la STP, el Ministerio de Hacienda y el Ministerio de Obras Públicas, se evaluó la iniciativa y se determinó su potencial para ser ejecutado por este medio. Conforme la legislación de APP, este proyecto es declarado de interés y se solicita al proponente privado que cumpla con todas las observaciones efectuadas a su propuesta inicial y que las mismas sean recogidas y presentadas en el estudio de factibilidad.
El proyecto se desarrolla en una de las más importantes vías del país, el cual espera reducir los tiempos de viajes de los usuarios y por tanto el costo de desplazamiento del tramo en ahorro de combustibles y repuestos. Asimismo, se espera que la accidentalidad de la vía disminuya sensiblemente al tratarse de una carretera que tendrá cuatro vías, dos de ida y dos de vueltas en únicos sentidos cada una de ellas.
La propuesta contempla la duplicación de 113 km de carreteras y la conservación, mantenimiento, adecuación y operación de 140 km de rutas. El tramo a ser duplicado comienza en el km 183 del Departamento de Caaguazú y finaliza en el Km 296,8 Alto Paraná/ Minga Guazú de la ruta VII. Por su parte el mantenimiento y operación comienza en el Km 183 y va hasta el km 323 en Ciudad del Este. El contrato implicaría un plazo de 30 años, 4 años de construcciones con un valor aproximado de inversiones por USD 130 millones. El financiamiento será en 90% por cuenta y riesgo del proponente privado en tanto que el aporte solicitado al Estado es del 10%. El proyecto tendría como fuente de repago los peajes.
El proyecto es una iniciativa que se enmarca dentro de la Ley N° 5.102/13 “De Promoción de la Inversión en Infraestructura Pública y Ampliación y Mejoramiento de los Bienes y Servicios a cargo del Estado” y su Decreto Reglamentario Nº 1.350 del 12 de marzo de 2014.
La misma Ley exige que los proyectos bajo la modalidad PPP, generen eficiencia, eficacia y sostenibilidad para la construcción de una obra o prestación de servicios orientado a logro de servicios públicos de calidad y el dictamen legal sobre este proyecto en particular expresa que posee características y potencialidad para ser elegible y ejecutado mediante un contrato de Participación Público Privada por lo que se espera la presentación del proyecto de factibilidad correspondiente, el mismo que deberá incorporar todas las observaciones realizadas por el Grupo Técnico de Evaluación y lo referido por la Procuraduría General de la República.
Una vez que TAPE PORA S.A. presente su estudio de factibilidad, se procederá a la evaluación de la misma conforme está previsto en la Ley. Del resultado de la evaluación de factibilidad, si la propuesta es aprobada, previo Decreto de aprobación del Poder Ejecutivo, se pasa al llamado a licitación y el oferente que resultare adjudicado procederá a la construcción, mantenimiento y operación de las obras. Se espera poder llamar a licitación en el año 2015.
MAPAS DE REFERENCIA DE LAS OBRAS PROYECTADAS
ALGUNOS DATOS ADICIONALES:
REDUCCION DE LA VELOCIDAD
Se estima que la duplicación del tramo señalado, así como el adecuado mantenimiento y operación del mismo, permitirán incrementar de forma segura la velocidad máxima actual en 30 km/h, pasando de 80 km/h a 110 km/h. De forma similar, tomando como referencia la demanda esperada, se calcula un aumento de la velocidad media por vehículo de 40 km/h, alcanzando los 90 km/h en promedio.
IMPACTO DE LA DUPLICACIÓN EN VELOCIDAD Y TIEMPO DE VIAJE
VELOCIDAD (Km/h) | TIEMPO DE VIAJE | ||
MÁXIMA | MEDIA | ||
ACTUAL | 80 | 50 | 2H 15M |
DUPLICACIÓN | 110 | 90 | 1H 15M |
AVANCES | 30 | 40 | 1H |
Fuente: TAPE PORÃ S.A. Estudio de Prefactibilidad.
REDUCCION DE ACCIDENTALIDAD
En relación a tipo de número de accidentes que ocurren a la fecha en la Ruta Nº VII, las estadísticas del Concesionario señalan que un 25% de estos ocurren por colisiones frontales –y entre las víctimas mortales, el 50% se originan en colisiones frontales- ocasionadas por vehículos que realizan maniobras de adelantamiento. Con la duplicación de las pistas y la división entre carriles por sentido, se espera evitar completamente este tipo de catástrofes.
EVOLUCIÓN DE NIVELES DE ACCIDENTALIDAD 1998-2013
REDUCCION DE COSTOS DE VIAJES
La disminución en el tiempo medio de viaje, aunado con un adecuado antenimiento de la vía, reduce los Costos Generales de Viaje para los usuarios de la Ruta Nº VII en términos de:
- Combustible
- Lubricantes
- Desgaste de los neumáticos
- Costo del tiempo de los ocupantes del vehículo
OTROS BENEFICIOS:
- Reducción en los tiempos y costos de trasporte de carga.
- Incremento de capacidad para atender la demanda en momento pico.
- Valorización de las propiedades de las zonas aledañas.
- Incremento en las fuentes de trabajo e ingreso de la zona.
SERVICIOS:
- Servicios de operación, configurados por el cobro de las tarifas de peaje, la conservación de la CARRETERA, el control de peso de cargas, la elaboración e implementación de esquemas y operaciones de carácter extraordinario, como la atención a situaciones de emergencia que afecten o puedan afectar a la fluidez y seguridad del tráfico y los servicios de protección y seguridad al patrimonio.
- Servicios de atención al usuario, comunicación con el usuario, los de remoción de vehículos, con averías o accidentados, para descongestionar la CARRETERA, los de atención a accidentes de tránsito, incluida la atención de primeros auxilios y la remoción de las víctimas.