Ante la publicación de un matutino referente a la contratación -por parte de la Secretaría Técnica de Planificación del Desarrollo Económico y Social (STP)- de hoteles de buena calificación, y la compra de muebles de oficina cumplimos en informar lo siguiente:
La STP es el órgano rector de los sistemas nacionales de planificación. Es responsable de la coordinación del diseño, implementación y evaluación del Plan Nacional de Desarrollo en sus tres ejes: reducción de pobreza, crecimiento económico inclusivo e inserción de Paraguay en el mundo. Coordina políticas y proyectos de cooperación internacional, inversión pública, financiamiento externo, así como de la estadística nacional e información socioeconómica.
- En el marco de sus interacciones, esta Secretaría de Estado recibe constantes delegaciones de países, organismos multilaterales, y organizaciones de cooperación internacional, las cuales colaboran en la implementación, de planes, programas y acciones de alta transcendencia para el desarrollo del país.
- La utilización de hoteles de jerarquía, como los previstos en el Contrato N° 04/2016, es necesaria en caso de visitas de ex presidentes y/o ministros de países extranjeros, en el marco de cooperaciones en las actividades llevadas adelante por esta Secretaría de Estado.
- Por su parte, la adquisición de muebles de oficina, como las previstas en el Contrato N° 16/2014, se trata de muebles que se adquieren muy esporádicamente, y se reponen varios años después, cuando ya no están en buenas condiciones de uso, como fue este caso.
- En las adquisiciones públicas, la STP se adhiere estrictamente a los mecanismos establecidos en la Ley 2051/03 de Contrataciones Públicas. Conscientes que procesos altamente descentralizados en la aplicación de la Ley 2051/03, conspiran contra la obtención de precios más competitivos, venimos sugiriendo desde el año 2014 la implementación de procesos de adquisiciones más centralizados en el Estado. Estos procesos centralizados estarían liderados por la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP), más allá del alcance de la STP, y al momento de contratación de los bienes y servicios referidos arriba, no se encontraban disponibles.
- En efecto, en el año 2014, hemos recomendado en el Equipo Económico Nacional (EEN) la ampliación substancial de llamados a licitación mediante Convenios Marco, que permitan a la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP) la adquisición de ciertos bienes y servicios para todo el sector público, con el beneficio de precios más competitivos, mediante su gestión en economía de escala.
- Desde entonces, la DNCP ha identificado un total de 700 productos y/o servicios, los cuales ya se encuentran gestionados mediante 7 Convenios Marco, a disponibilidad de toda la Administración Central. Si bien los Servicios de Ceremonial y Hotelería aún no se encuentran previstos, tenemos conocimiento que la DNCP trabaja arduamente para ampliar los ítems contratados mediante esta modalidad, en los que se prevé su inclusión, así como la de otros bienes y servicios comúnmente contratados en el sector público.
- Es por ello que procedimos a la Contratación Abierta del Servicio de Ceremonial y Hoteles con la normativa vigente, la cual no obliga a su usufructo, pero mantiene la disponibilidad y precio hasta su finalización. No obstante debemos aclarar que hasta la fecha no se ha utilizado el servicio de habitaciones en hoteles de 4 o 5 estrellas en el presente contrato. El Contrato N° 04 2016/2017 firmado con la empresa Sensicred S.A., cumple con los parámetros exigidos para el efecto por la Ley 2051 de Contrataciones Públicas y sus reglamentaciones vigentes. En un primer llamado, la Licitación por Concurso de Ofertas (LCO) N° 01/2016 fue declarada desierta; mientras que en una segunda convocatoria, se presentaron tres empresas, con precios para el servicio mencionado que rondaron entre los G. 4 millones y G. 2 millones respectivamente, resultando adjudicada la empresa Sensicred S.A, al ser la oferta más competitiva.
- Mientras tanto, el Contrato N° 16/2014 firmado con la empresa Engineering, también ha cumplido con todas las exigencias de la Ley 2051 y sus reglamentaciones. Dicho contrato contempló la adquisición de muebles a precios que se ajustan a los existentes en el mercado por bienes de similares características. En el caso específico de la mesa para 12 personas mencionado en uno de los artículos periodísticos, cabe aclarar que las mismas incluye 12 sillas ejecutivas y poseen en su conjunto características de alta durabilidad y funcionalidad. El precio de dichas mesas ascendieron a G. 5.040.000 y sumados a las 12 sillas (con un precio de G. 780.000 c/u) totalizaron G. 14.400.000. En igual condición se encuentran las mesas para 8 personas (con igual número de sillas), la cual fuera adquirida a un precio total de G. 10.800.000.
- Ambos procesos licitatorios contaron con el acompañamiento de la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP) con total transparencia pudiendo la ciudadanía acceder a los datos de dichos procesos adquisitivos, al igual que otros llevados adelante por la STP, desde el portal de contrataciones públicas de la República del Paraguay (www.dncp.gov.py).
- Finalmente, la STP reitera su compromiso en la gestión administrativa transparente en apego absoluto a las normas legales vigentes.