Esta fecha también es conocida como Día Internacional del Derecho a Saber, se conmemora el 28 de septiembre de cada año, promoviendo la transparencia de los derechos a la libertad de expresión y acceso a la información pública.
El Día Mundial del Acceso a la Información es reconocido por la Convención Interamericana de Derechos Humanos y está vinculada con el acceso al pleno ejercicio de derechos como la justicia, la salud, la igualdad, la educación y la vivienda. Este día se conmemora desde el año 2002 cuando grupos de activistas de todo el mundo se reunieron en Bulgaria para definir estrategias en pos de la defensa y difusión del derecho de acceso a la información pública.
En ese sentido el Plan Nacional de Desarrollo (PND) Paraguay 2030, establece la Visión de un Estado democrático, solidario, subsidiario y transparente que a su vez promueva la igualdad de oportunidades. En cuanto a la transparencia, la estrategia de Gobierno Abierto fue clave para acercarnos cada vez más a esa Visión país al año 2030.
Con la implementación de la Ley Nº 5.282/2014 de Libre Acceso Ciudadano a la Información Pública y Transparencia Gubernamental, normativa surgida de uno de los compromisos asumidos por Gobierno Abierto en su segundo Plan de Acción 2014-2016.
Para cumplimiento efectivo de esta Ley se ha implementado el Portal de Acceso a la Información que a la fecha cuenta con 357 instituciones adheridas y un total de 14.491 solicitudes en línea. La Secretaría Técnica de Planificación del Desarrollo Económico y Social (STP) ha recepcionado un total de 86 pedidos de información desde que se habilitó el portal en el año 2015.
Todos los ciudadanos pueden solicitar información pública y las diferentes instituciones deben responder las solicitudes siguiendo la reglamentación de la Ley. La información pública es aquella producida, obtenida, bajo control o en poder de las fuentes públicas, independientemente de su formato, soporte, fecha de creación, origen, clasificación o procesamiento, salvo que se encuentre establecida como secreta o de carácter reservado por las leyes.
Las informaciones pueden ser solicitadas al Poder Legislativo, sus Cámaras, comisiones y todos sus órganos administrativos, así como los Parlamentarios del Mercado Común del Sur (MERCOSUR); el Poder Ejecutivo, sus ministerios, secretarías y todos los demás órganos administrativos, así como la Procuraduría General de la República y la Policía Nacional; el Poder Judicial, el Consejo de la Magistratura, el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados, el Ministerio Público y la Justicia Electoral.
Así también las Fuerzas Armadas de la Nación; la Defensoría del Pueblo, la Contraloría General de la República y el Banco Central del Paraguay; las entidades financieras del Estado, las empresas públicas, las sociedades comerciales con participación estatal mayoritaria, las sociedades de economía mixta, los entes reguladores o de control y todas las demás entidades descentralizadas con personería jurídica de derecho público.
Igualmente, a las universidades nacionales; los gobiernos departamentales y municipales; las comisiones mixtas y las entidades binacionales en las que participe la República del Paraguay.
Toda solicitud deberá ser respondida dentro del plazo de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente de la presentación.