En este año 2017 los proyectos de inversión privada generaron unos 2000 empleos directos gracias al trabajo articulado y gestión interinstitucional desempeñado por el Consejo de Inversiones (CI), órgano que dictamina sobre los proyectos de inversión de capital de origen Nacional y Extranjero.
En comparación al año 2016 la cantidad de empleos generados de manera directa aumentó en un 10%, no así el número de proyectos presentados con un 7% menor al año anterior. Sin embargo, respecto a este último punto, se resalta que los montos de inversión fueron mayores dejando así a las inversiones nacionales como el soporte.
Otro dato resaltaste es que entre los años 2011 y 2017 fueron aprobados 951 proyectos, con una generación de mano de obra prevista de 21.566 personas.
El Consejo tiene la función de analizar la inversión en los proyectos, evaluar los mismos y asesorar a las instituciones públicas y privadas en materia de inversión de capital. La Secretaría Técnica de Planificación del Desarrollo Económico y Social (STP), como miembro de dicho órgano participa de esa evaluación que dictamina sobre los proyectos presentados ante el CI.
Respecto a la Ley 60/90 que crea el CI, la misma establece un régimen de incentivos fiscales para la inversión de capital de origen nacional y extranjero. La misma es una ley que otorga beneficios fiscales a inversiones productivas. Los beneficios son concedidos por medio de la presentación de un proyecto de inversión en el Ministerio de Industria y Comercio, el que es aprobado por un Consejo y otorgado por medio de la emisión de una Resolución Biministerial firmada por los Ministros de Industria y Comercio y de Hacienda. Pueden acceder las personas físicas y jurídicas radicadas en el país.
La legislación tiene como finalidad acrecentar la producción de bienes y servicios, crear fuentes de trabajo, fomentar la sustitución de importaciones, incorporar el uso de tecnologías que permitan la eficiencia productiva y posibiliten la mayor y mejor utilización de materias primas, mano de obra y recursos energéticos nacionales y la inversión y reinversión de utilidades en bienes de capital.
Las ventajas que otorga esta ley son el 0% de arancel de importación de Bienes de Capital (Maquinarias y equipos, el 0% de Impuesto al Valor Agregado (IVA) sobre los bienes de capital adquiridos (dentro o fuera del país), el 0% de impuesto a las remesas y pagos al exterior en concepto de capital, intereses y comisiones (aplicado a inversiones superiores a US$ 5.000.000) y el 0% de impuesto al pago de dividendos y envió de utilidades al exterior (aplicado a inversiones superiores a US$ 5.000.000 en un lapso de 10 años).
Esta ley indica que la STP debe evaluar las inversiones cuando estas se radiquen en áreas de preferente desarrollo determinadas por los planes y programas elaborados por la Secretaría, como lo es el Plan Nacional de Desarrollo Paraguay 2030.